Política

Pago de aguinaldo, una prestación laboral obligatoria: Secretaría del Trabajo

Pago de aguinaldo, una prestación laboral obligatoria: Secretaría del Trabajo
  • Exhorta a las y los empleadores a cumplir con esta prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo

 La titular de la Secretaría del Trabajo de Oaxaca, Edith Santibáñez Bohórquez insta a las personas trabajadoras a conocer y ejercer sus derechos laborales, particularmente el establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, correspondiente al pago de aguinaldo.

Expresó que tal como lo establece esta norma, las y los trabajadores tienen derecho a esta gratificación anual, la cual es una retribución equivalente a un mínimo de 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre.

Santibáñez Bohórquez afirmó que el gobierno que encabeza Salomón Jara Cruz promueve el cumplimiento de las disposiciones legales para una relación laboral justa y equitativa entre las personas trabajadora y las y los empleadores.

En este sentido señaló que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo debe ser pagado en efectivo o mediante transferencia electrónica, en moneda nacional.

Aseveró que, aunque la persona trabajadora no haya laborado el año completo, tiene derecho a recibir el aguinaldo de manera proporcional por el tiempo ejercido y en caso de no recibir esta prestación la ley otorga el plazo de un año para realizar la reclamación correspondiente.

De esta manera la Secretaria del Trabajo exhorta a las y los empleadores a cumplir con este derecho laboral.

Asimismo, ante cualquier duda o irregularidad que presenten las personas trabajadoras, pueden acudir para recibir asesoramiento y apoyo a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo ubicada en calle Mitla número 402, esquina con La Costa, en el fraccionamiento San José La Noria, de Oaxaca de Juárez.

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